En relación con el nuevo procedimiento para acceder a las reducciones del importe de la garantía en las declaraciones de despacho aduanero, por los Operadores Económicos Autorizados y presentadas bajo la modalidad de representación directa, abajo transcribimos las comunicaciones cruzadas con la Subdirectora del Departamento de Aduanas e II.EE aclarando el alcance de la medida que entrará en vigor el próximo día 2 de julio, y que desde FETEIA-OLTRA la hemos considerado muy positiva y satisfactoria atendiendo nuestras reiteradas demandas de potenciar las ventajas de los OEA’s de nuestro país.
Saludos,
Cesáreo Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
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Enviado el: martes, 25 de junio de 2019 19:04
Asunto: RE: RV: Reducción garantía IVA OEAs
Perdona Cesáreo que no te había entendido.
Si quien aporta la garantía (deudor/sujeto pasivo) no es OEA y no tiene una autorización de garantía con global con reducciones y/o dispensas se traba el 100% del arancel y del IVA.
Las garantías aportadas por deudores van por el régimen general y, como excepción, cuando la aporta un tercero (en este caso, un representante aduanero) si éste es OEA es cuando se tendrá derecho a la reducción del 50% del IVA.
Un saludo,
Nerea Rodríguez,
Subdirectora General de Gestión Aduanera Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
Fecha: 25/06/2019 10:34
Asunto: RE: RV: Reducción garantía IVA OEAs
Buenos días Nerea, Agradezco tu información respecto al 30% de reducción de la deuda aduanera, no indicada en la primera comunicación; pero mi pregunta de ayer se refería a la reducción del 50% del IVA a la importación en los casos de aportar la garantía el deudor/sujeto pasivo, no OEA, y presentar el DUA el Representante Aduanero mediante la modalidad de representación directa.
Un cordial saludo,
Cesáreo Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
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Enviado el: lunes, 24 de junio de 2019 13:37
Asunto: Re: RV: Reducción garantía IVA OEAs
Buenas tardes Cesáreo Cuando el aval lo aporta el deudor/sujeto pasivo se aplica el mismo régimen de reducciones previsto en el CAU: 30% de deuda real para OEAs y, en el caso de deuda potencial, el nivel que corresponda según el art. 84 del Reglamento Delegado.
Un saludo,
Nerea Rodríguez,
Subdirectora General de Gestión Aduanera Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales
Fecha: 24/06/2019 11:41
Asunto: RV: Reducción garantía IVA OEAs
Buenos días Nerea,
Muchas gracias por la consideración de la comunicación recibida en línea a potenciar las ventajas para los OEA’s, reiteradamente solicitada por nuestro colectivo.
No obstante lo anterior, agradeceremos nos transmitas tu parecer si cuando el aval está constituido directamente por el sujeto pasivo, cliente de los RA, también se tendrá derecho a la reducción del 50% del importe del IVA a garantizar en la correspondiente declaración.
Un cordial saludo,
Cesáreo Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
Via Laietana, 32-34, 4º · 08003 BARCELONA • (+34) 932 689 430
Enviado el: lunes, 24 de junio de 2019 9:03
Asunto: Reducción garantía IVA OEAs
Buenos días
Os informamos que, a partir del día 02/07/2019, los Operadores Económicos Autorizados que aporten su garantía en declaraciones en las que actúen en la modalidad de representación directa y, por ese motivo, no tengan acceso a las reducciones previstas en la normativa aduanera para los derechos de aduanas, podrán disfrutar de la reducción del 50% del importe del IVA a garantizar en cada declaración aduanera declarando en la casilla 44 el código 9015 «Solicitud reducción garantía IVA (OEA representación directa)».
Un saludo
Nerea Rodríguez Entremonzaga
Subdirectora General de Gestión Aduanera Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales Avda. Llano Castellano, 17 – 28034 MADRID