Para su información, facilitamos el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, que tiene por objeto la prórroga de muchas de las medidas de apoyo de empresas aprobadas durante el anterior estado de alarma, como las siguientes:
– Se extienden los plazos de vencimiento y carencia de las operaciones de financiación a autónomos y empresas que han recibido aval público canalizado a través del ICO (regulados en el RD-l 8/2020). El plazo de vencimiento se podrá extender por un periodo adicional máximo de tres años, siempre y cuando el vencimiento total de la operación no supere los 8 años y se cumplan una serie de requisitos adicionales. También podrá ampliarse el periodo de carencia en un máximo de 12 meses adicionales.
– La posibilidad de conceder avales se amplía hasta el 30 de junio de 2020.
– Se amplía la posibilidad de realizar juntas generales por medios telemáticos y el voto a distancia (S.A.), por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple (S.L.). También se extiende a las asambleas de asociaciones y patronatos de fundaciones. No se establece nada al respecto de consejos de administración, comités ejecutivos, etc.
– Se amplía (hasta el 30 de abril de 2021) la aplicación del tipo 0 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarios de bienes empleados para la lucha contra la COIVD-19, cuyos destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social. Las operaciones se documentarán en factura como operaciones exentas.
– Se amplía el plazo durante el cual las empresas, aunque estén en una situación económica en la que deberían solicitar el concurso, no estarán obligadas a proceder a tal solicitud, hasta el 14 de marzo de 2021. También se amplían los plazos durante el cual no se tramitarán solicitudes de declaración de incumplimiento del convenio y del acuerdo de refinanciación.
Atentamente,
Martín Fernández
Adjunto – Secretario Técnico
FETEIA
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Telf:(+34)932 68 94 30
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