Para su información, facilitamos la nueva publicación de la AEAT sobre la habilitación del nuevo certificado “no procede” emitido por la Inspección Fitosanitaria.
Esta nueva funcionalidad se ha habilitado tras las gestiones realizadas por FETEIA-OLTRA ante el Departamento de Aduanas e II.EE y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ante la solicitud planteada por una empresa asociada, debido a los problemas que generaba el sistema anterior, en que resultaba necesario que el servicio de control fitosanitario remitiera una comunicación a la AEAT indicando la no procedencia del control a ciertas mercancías.
29-07-20. Importación. Nuevo certificado «no procede» emitido por Inspección Fitosanitaria
Desde el miércoles 29 de julio de 2020, se encuentra disponible la opción de incluir en la declaración aduanera de importación (DUA) certificados fitosanitarios que indican que no procede la intervención de la autoridad no aduanera competente, aunque la posición arancelaria este marcada con dicho control. Estos certificados son emitidos por el servicio general de inspección de Sanidad Vegetal que los transmite a la AEAT para su utilización en el DUA.
Se recuerda que estos certificados están incluidos en el marco de la Ventanilla Única Aduanera, por lo que, en caso que el operador los haya solicitado refiriendo el MRN de la (pre)declaración de importación, no será necesario que los declare nuevamente en este, siendo su aplicación al DUA automática por el sistema a la recepción del certificado en la AEAT. Si no fuera así, se deberán incluir en la casilla 44 del DUA con el código 1414 «SANIDAD VEGETAL. Certificado de NO PROCEDE emitido por Inspección Fitosanitaria.
Atentamente,
Martín Fernández
Adjunto – Secretario Técnico
FETEIA
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Telf:(+34)932 68 94 30
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