Publicaciones en apartado NOVEDADES de la web de Aduanas e IIEE.,
Se modifica lo siguiente:
La dirección de declarante será obligatoria al haber eliminado el código 00500 de adittionalInformation que la hacía opcional cuando el importador y declarante era la misma persona.
Código adicional de procedimiento. Regla R111: se redefine en la parte de «Código de Franquicia y carácter de representación válido.
Para poder probar en produccion en la nueva declaración para envíos de escaso valor H7, los esquemas de Import One Stop Shop (IOSS- additional Procedure = F48) y Acuerdos Especiales (AAEE – additional Procedure = F49), se permitirá realizar declaraciones H7 de pruebas IOSS o AAEE en produccion en el recinto 9999. De esta forma:
– Si se declara un F48, IOSS, es preciso que el identificador IOSS que se incluya, sea un alfanumérico de 12 de longitud empezando por un código de país comunitario iso-2, asumiendo el sistema que es un identificador válido.
– Para AAEE, se permitirá declarar un F49, asumiendo el sistema que existe una autorización vigente para el declarante en el sistema de Decisiones.
Al permitir poder hacer estas pruebas, los operadores podrán realizar la consulta de los datos acumulados para AAEE en la SEDE de la AEAT. Su detalle se encuentra en la guía del H7 en el punto 16.- Descarga Datos acumulados Mensual SA.
Atentamente,
Secretaría
FETEIA
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