NI GA 07/2022 sobre las medidas restrictivas de restricciones importaciones y exportaciones adoptadas por la UE en respuesta reconocimiento de zonas de provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk (ADU.-F- 22/22)

NI GA 07/2022 sobre las medidas restrictivas de restricciones importaciones y exportaciones adoptadas por la UE en respuesta reconocimiento de zonas de provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk (ADU.-F- 22/22)
17 marzo, 2022 Ateia

 

Para su información, facilitamos la NI GA 7/2022, de 15 de marzo, sobre las medidas restrictivas de restricciones de importaciones y exportaciones adoptadas por la unión Europea en respuesta al reconocimiento de las zonas de provincias ucranianas de Donetsk y Luhansk.

En la NIGA se contiene un listado de las medidas restrictivas en relación con las importaciones y exportaciones con procedencia o destino en determinados territorios de Ucrania, en Rusia y Bielorrusia.

  1. Ucrania: medidas restrictivas en relación con las áreas de Donetsk y Luhansk.

–     Prohibición de importación de bienes de las áreas no controladas por el gobierno en Donetsk y Luhansk excepto los bienes originarios de los citados territorios controlados por las autoridades aduaneras de Ucrania (no aplicará a la ejecución, hasta el 24 de mayo de 2022, de contratos concluidos antes del 23 de febrero de 2022, siempre que se haya notificado la operación a la autoridad competente, con 10 días de antelación).

–     Prohibición de exportación de bienes y tecnologías aptos para los sectores del transporte, las telecomunicaciones, la energía o el petróleo, el gas y los minerales (no aplicará a la ejecución, hasta el 24 de mayo de 2022, de contratos concluidos antes del 23 de febrero de 2022, siempre que se haya notificado la operación a la autoridad competente, con 5 días de antelación).

Se podrá autorizar la exportación en determinadas circunstancias.

2. Rusia:

–     Nuevas restricciones a las exportaciones de productos y tecnología de doble uso, así como restricciones a las exportaciones de determinados productos y tecnología que puedan contribuir a la mejora tecnológica por parte de Rusia de su sector de la defensa y la seguridad.

–      Prohibición de la venta, el suministro, la transferencia o la exportación a Rusia de productos y tecnologías específicos para su uso en el refinado de petróleo y prestación de servicios conexos (no aplicará a las exportaciones realizadas hasta el 27 de mayo de 2022 si se refieren a contratos celebrados antes del 26 de febrero de 2022).

–        Prohibición de exportación que abarca productos y tecnologías adecuados para el uso en la aviación y la industria espacial (no aplicará a las exportaciones realizadas hasta el 28 de marzo de 2022 si se refieren a contratos celebrados antes del 26 de febrero de 2022).

–       Prohibición a la exportación de ciertos productos y tecnología de navegación marítima (se prevé que se pueda autorizar).

–      Prohibición general de la exportación de billetes denominados en euros a Rusia o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo en Rusia, incluidos el Gobierno y el Banco Central de Rusia, o para uso en Rusia.

  1. Bielorrusia:

–    Prohibiciones de importación: se mantienen las previas y se introducen nuevas para madera, productos del cemento, productos del hierro y del acero y productos del caucho (no aplicarán a los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022 que ejecuten antes del 4 de junio de 2022).

–    Prohibiciones de exportación: se mantienen las existentes y añaden nuevas para productos y tecnologías que puedan contribuir a la mejora militar, defensa y seguridad, así como para ciertas máquinas y billetes denominados en euros.

En la NI GA se explican las formalidades necesarias para aplicar las distintas excepciones.

En todos los casos en que se pueda realizar la importación/exportación y no se necesite autorización, se deberá adjuntar a la declaración aduanera una declaración responsable del exportador.

Las entidades con autorización de inscripción en los registros del declarante deberán revisar de forma previa a la inscripción en sus registros si sus mercancías a    están afectadas por las restricciones previas (además de contar con las autorizaciones o declaraciones responsables que correspondan).

Debe tenerse en cuenta que, en la actual situación ciertas simplificaciones no resultan posibles.

Por último, se recuerda que la Comisión Europea actualiza diariamente las medidas TARIC que recogen las mercancías afectadas.

 

Atentamente,

 

Martín Fernández

Secretario Técnico

FETEIA

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