Para su información, facilitamos la NI GA 06/2021, de 26 de febrero, sobre entrada y salida de medios de transporte, palés, contenedores, envases y embalajes.
LA NI GA tiene por objeto simplificar los procedimientos y aclarar la normativa aplicable para las importaciones temporales y exportaciones temporales de (i) Medios de Transporte, (ii) Palés y Contenedores y (iii) Envases y embalajes (que están resultando muy habituales en los intercambios con Reino Unido).
En cada una de estas categorías se indican los trámites con a realizar para mercancías con estatuto no UE y estatuto UE, tanto aduaneros como con respecto a la ENS. Con carácter general, las obligaciones con respecto a la ENS solo resultarán de aplicación si los medios de transporte, palés y contenedores o envases y embalajes están amparados en un documento de transporte.
En cuanto a las declaraciones en aduana, el régimen es diferente en función de cada supuesto: por ejemplo, con respecto a medios de transporte vacíos, con carácter general es suficiente la declaración por acto presunto; con respecto a palés y contenedores, si tienen estatuto no UE también, pero si tienen estatuto UE se exige declaración oral; por último, con respecto a envases y embalajes el régimen depende en función de si viajan conjuntamente con la mercancía que contienen o vacíos, o no se opte por la clasificación conjunta.
Debe tenerse en cuenta que la NI GA exige que se cumplan ciertos requisitos en cada caso particular.
Atentamente,
Martín Fernández
Adjunto – Secretario Técnico
FETEIA
Via Laietana, 32-34 4ª – 08003 Barcelona
Telf:(+34)932 68 94 30