Facilitamos la Instrucción IM/3/2019 de la Subdirección General de Sanidad Exterior, de fecha 03.05.2019, sobre la importación de productos de la pesca congelados o procesados, dirigida a otras Dependencias y Organismos de la Administración NO A LOS OPERADORES ECONOMICOS, y que anula la Instrucción IM/2/2019 sobre el mismo asunto de fecha 02.04.2019, y que a su vez esta anuló la Instrucción IM/1/2019 también sobre el mismo asunto de fecha 03.05.2019.
Instrucción IM 3 2019 Sanidad Exterior
Ante este cúmulo de sinrazón y despropósitos en tan corto plazo de tiempo, esperamos que la Instrucción adjunta también siga el mismo camino para lograr el cese de los efectos negativos que se están generando para el comercio exterior de nuestro país en diversos puertos, y principalmente en el de Vigo, debido al desvío de estas importaciones a otros puertos de nuestro entorno europeo, prestando los servicios aduaneros y la organización del transporte internacional de las indicadas mercancias los Transitarios y Representantes Aduaneros de nuestros países vecinos.
Por todo ello, señalamos como alternativa de solución, a este lamentable proceder, instar a nuestra Administración de Sanidad Exterior corrija de inmediato esta situación y se interese en demandar a la Unión Europea una Guía o Instrucción que determine claramente los requisitos para importar los referidos productos de la pesca, y sean de obligado cumplimiento de forma homogénea y simultánea para todos los Estados Miembros, con el fin de evitar definitivamente el agravio comparativo comercial que se produce en determinados puertos de la UE por una interpretación de la normativa Europea más laxa y tolerante, y que actualmente vienen padeciendo los Operadores Económicos de nuestro País.
Saludos,
Cesáreo Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
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