Para su información, facilitamos el Informe especial sobre la figura del Operador Económico Autorizado, elaborado por el Tribunal de Cuentas Europeo.
En el informe se incluyen diversas reflexiones sobre el funcionamiento del programa OEA, de las que destacamos las siguientes:
- El Marco reglamentario es sólido (si bien con fallos), pero carece de disposiciones adecuadas para medir los resultados.
Se han detectado deficiencias en la definición de infracciones graves y reiteradas y en las consultas entre las autoridades aduaneras nacionales. Se constata también que los Estados miembros aplican requisitos de registro diferentes, lo que puede dar lugar a incoherencias.
Entre otras ventajas derivadas del estatuto de OEA, los OEA gozan de un trato prioritario, si un envío es seleccionado para controles físicos o documentales. Sin embargo, las Directrices OEA no indican cómo los Estados miembros deben aplicar este beneficio en la práctica. Queda acreditado que estos beneficios no siempre son reales.
- La Comisión dispone de procedimientos adecuados para celebrar acuerdos de reconocimiento mutuo, pero su seguimiento no es adecuado.
- Los Estados miembros no conceden a los OEA todos los beneficios y la Comisión no salvaguarda suficientemente este derecho.
Además, en caso de que se concedan esos beneficios, se hace de manera no uniforme en la UE y, en ocasiones, de manera contraria a la normativa.
- Los Estados miembros rara vez reconocen el estatuto de OEA de operadores extranjeros.
- Los Estados miembros cuentan con sistemas sólidos de concesión de autorizaciones, pero con algunas deficiencias en su gestión.
En el informe se incluyen las siguientes recomendaciones:
- Mejorar el marco normativo.
- Mejorar el marco actual de medición del funcionamiento del programa OEA.
- Mejorar la gestión del programa OEA.
2. Informe Tribunal de Cuentas sobre OEA
Atentamente,
Martín Fernández
Secretario Técnico
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( (+34) 932 689 430
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