Por la presente, informamos de un cambio importante que puede afectar a los operadores registrados en el sistema EORI:
A partir del 1 de febrero de 2024, aquellos operadores que no dispongan de un código postal válido en sus registros EORI no podrán utilizar los sistemas NCTS y/o AES. En consecuencia, será imposible iniciar procedimientos de tránsito, o de exportación basados en el AES con un registro EORI que carezca de código postal.
Como consecuencia de lo anterior, la Comisión Europea insta a los operadores a que:
- Verifiquen inmediatamente la exactitud e integridad de sus registros EORI.
- Actualizar su registro para incluir un código postal válido cuando sea necesario.
- Asegurarse de que todas las nuevas inscripciones estén completas (el código postal pasará a ser un campo obligatorio en el Economic Operator System – EOS).
Es importante tener en cuenta que los registros EORI sólo pueden actualizarse en el Estado miembro de establecimiento. Esto significa que a partir del próximo mes de febrero, si su movimiento es detenido en la frontera debido a la falta de un código postal, su envío será retenido hasta que la información que falta sea actualizada por la Autoridad Nacional del Estado Miembro donde la empresa está registrada.
Si desea información más detallada, consulte las dos presentaciones de la Comisión adjuntas.
2. Necesidad cambio EORI 1 febrero 24 (i)
3. Necesidad cambio EORI 1 febrero 24 (ii)
Atentamente,
Blanca Guitart
Directora
FETEIA
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