Por la presente, facilitamos el Reglamento de Ejecución(UE) 2024/1866 de la Comisión, de 3 de julio de 2024 por el que se impone un derecho compensatorio provisional a las importaciones de vehículos eléctricos de batería nuevos diseñados para el transporte de personas originarios de la República Popular China.
Además de la imposición de dicho derecho compensatorio, se establece que el despacho a libre práctica en la Unión del vehículo estará supeditado a la constitución de una garantía por un importe equivalente al del derecho provisional.
La Comisión Europea ha publicado una Nota Informativa en la que se especifica que debe evitarse el uso del depósito en efectivo como medio de garantía en el momento de la importación, en lo referido al Reglamento. Por lo tanto, la Comisión anima a las autoridades aduaneras de los Estados miembros a que eviten exigir el uso de depósitos en efectivo como garantía para las importaciones cubiertas por el Reglamento de aplicación el Reglamento de Ejecución, (UE) 2024/1866 y a dar preferencia a las garantías bancarias.
Atentamente,
Martín Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
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