Publicación en el apartado NOVEDADES de la web de Aduanas e IIEE.
“Dúa de Importacion, medidas de salvaguardia aprobadas mediante Reglamento de Ejecución (UE) 2018 /1013 para importaciones de determinados productos siderúrgicos
El 19 de julio han entrado en vigor las medidas de salvaguardia aprobadas mediante Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1013 para las importaciones de determinados productos siderúrgicos consistentes en la aplicación de un derecho adicional. Dicho Reglamento contempla en el artículo 4º la exclusión del referido derecho adicional así como la asignación de contingente, para:
«Las importaciones de las categorías de productos mencionados en el artículo 1, que se encuentren ya en camino hacia la Unión en la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, cuyo destino no pueda cambiarse, no se asignarán a los contingentes arancelarios ni estarán sujetas al derecho adicional especificado en el artículo 1, y podrán despacharse a consumo.»
Podrá declararse que el envío se encuentra en dicha situación incluyendo en la casilla 44 del DUA el código de documento 1031 junto con la fecha de salida.”
Atentamente,
A.Figueroa
FETEIA
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