Certificados de Captura. Comunicado Sanidad Exterior (ADU.-F-78/18)

Certificados de Captura. Comunicado Sanidad Exterior (ADU.-F-78/18)
30 agosto, 2018 Ateia

Adjuntamos comunicado de Sanidad Exterior remitido por la Jefatura del Área PIF relativo a los Certificados de Captura, y recibido por parte del Puerto de Barcelona:

 

De: Puerto de Barcelona

Enviado el: miércoles, 29 de agosto de 2018 10:23

Para: FeteiaGeneral

Asunto: Comunicación Sanidad Exterior – Certificados de Captura

 

Apreciado/da,

Adjuntamos comunicado de Sanidad Exterior remitido por la Jefatura del Área PIF relativo a los Certificados de Captura.

«El R (CE) 854/2004, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, en su artículo 12, apartado 1 señala que los productos de origen animal únicamente podrán ser importados en la Comunidad si han sido expedidos, y obtenidos o preparados en establecimientos que figuren en las listas elaboradas y actualizadas de acuerdo con lo dispuesto en el referido artículo 12.

Por consiguiente, en el caso de aquellos productos de la pesca que hayan sido congelados o procesados a bordo de un barco (sea cual sea la bandera del barco) y que posteriormente se hayan descargado, manipulado, procesado o almacenado a temperatura regulada en un establecimiento en tierra (planta procesadora o almacén frigorífico), tanto el buque o los buques en los que se ha congelado o procesado la mercancía, como la planta procesadora o el almacén frigorífico, deberán figurar en la lista de establecimientos autorizados a exportar sus productos al territorio de la Unión y, en el caso de los productos de la pesca congelados o procesados a bordo de buques comunitarios, en la lista de buques congeladores o factoría autorizados por el Estado miembro del pabellón.

En este contexto y dado que no siempre se indica en la casilla I.28 del certificado sanitario el  nº de autorización de los buques congeladores o factoría, con objeto de poder comprobar si la mercancía ha sido congelada o procesada a bordo de buques (ZV o FV) y si estos se encuentran autorizados y listados en TRACES, a partir del 1 de septiembre será necesario aportar copia de los correspondientes certificados de captura.

 

Beatriz Cruz

Jefa del PIF de Barcelona

Reciba un cordial saludo,

Servei d’Atenció al Client (SAC)

0 Comentarios

Dejar una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.