Para su información, facilitamos la Guía para compañías de transporte y conductores, publicada en el marco del Brexit por las autoridades británicas.
En la misma se recogen los principales aspectos que deben tener en cuenta las empresas de transporte y conductores para poder operar a partir del 1 de enero. Prevé la circulación entre Gran Bretaña (Inglaterra, Escocia y Gales) y la UE. Se publicará otra guía para la circulación entre Gran Bretaña e Irlanda el Norte.
Asimismo, si bien por ahora únicamente se ha publicado en inglés, se prevé la próxima publicación en otros idiomas.
Como punto de partida ha de destacarse que, tal y como se indica de manera repetitiva en el texto, la gran mayoría de las cuestiones es susceptible de sufrir modificaciones por las negociaciones que todavía están manteniendo las partes.
En cuanto al contenido de la Guía, destacaríamos lo siguiente (nos centramos en los que resulta de aplicación para operadores españoles):
– En cuanto a los conductores, se recogen los documentos, licencias y permisos necesarios para poder operar, tales como licencias de conducción, pasaporte…así como las fechas de aplicación de los requisitos.
– En cuanto a las empresas de transporte, por ahora, únicamente se indica que deberán seguir contando con su licencia. En cuanto al cabotaje, es un tema que está pendiente. Deberán llevar prueba de que el vehículo y tráiler están asegurados. Estas empresas deberán asegurarse de que el conductor tiene toda la documentación aduanera y no aduanera necesaria. Asimismo, deben asegurarse de que el conductor conoce perfectamente qué documentación presentar en las diferentes fases del transporte.
– Se indica expresamente que el operador deberá realizar las declaraciones aduaneras necesarias y proporcionar a la compañía de transporte y al conductor prueba de la misma (lógicamente, podrá realizarse por parte de un transitario, representante-aduanero).
– Se especifican las alternativas para mover mercancías desde Gran Bretaña hasta la UE (prenotificación, Tránsito Común, ATA y TIR). Se incluyen ciertas explicaciones para cada opción. Esta sección incluye una parte relativa a la exportación de productos desde Gran Bretaña hasta España, especialmente centrada en el transporte marítimo (incluye partes relativas a diversos países). Para estos envíos existe el sistema Check an HGV (por lo que se indica en este documento, finalmente solo podrá emplearse para las exportaciones desde Reino Unido hacia la UE).
– Asimismo, se incluye un apartado relativo al movimiento de mercancías desde la UE hasta Gran Bretaña: la cuestión básica consiste en que el conductor debe asegurarse de llevar consigo toda la documentación necesaria. Debe tenerse en cuenta la necesidad de contar con el EORI británico y de realizar la ENS (sección “safety & security declarations”).
Atentamente,
Martín Fernández
Adjunto – Secretario Técnico
FETEIA
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