Facilitamos la comunicación de la Dirección General de Transporte Terrestre en la que se informa sobre la ampliación del plazo, hasta el 15 de marzo, para la anotación en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte (REAT) de la pérdida de validez para aquellas autorizaciones no visadas.
Atentamente,
Martín Fernández
Secretario Técnico
FETEIA
Via Laietana, 32-34 4ª – 08003 Barcelona
Telf:(+34)932 68 94 30| feteia@feteia.org
***
A/A: CNTC – Departamento de Mercancías
Buenos días,
De conformidad con lo establecido en la Resolución, de 3 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se establece el calendario de visados de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte, en los apartados segundo y tercero se dispone que las empresas cuyos NIF terminen en 1 les correspondería visar en el mes de enero y deberá anotarse en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte (REAT) la perdida de validez para aquellas autorizaciones no visadas, el último día hábil del mes siguiente a aquel en que correspondería visar.
No obstante, atendiendo a la incidencia puntual registrada en determinados sistemas de la DGTT, se amplía el plazo para su anotación en el REAT hasta el 15 de marzo, facilitando así la labor de las oficinas territoriales de transporte de las respectivas Comunidades Autónomas.
Asimismo, confirmamos que, tal y como se informó la semana pasada, ya están funcionando con plena disponibilidad todos los servicios de la DGTT, incluido el acceso a la aplicación SITRANGESTIÓN (Gestión de autorizaciones de transporte interior e internacional).
Un saludo.
Dirección General de Transporte Terrestre
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana