ACUERDO LIBRE COMERCIO UE_NUEVA ZELANDA: GUIA ORIGEN (UE.-F- 05/24)

ACUERDO LIBRE COMERCIO UE_NUEVA ZELANDA: GUIA ORIGEN (UE.-F- 05/24)
19 julio, 2024 Ateia

Por la presente informamos de que la Comisión Europea ha publicado una una guía sobre la aplicación de las normas de origen establecidas en el Acuerdo de Libre Comercio (ALC) entre la UE y Nueva Zelanda que entró en vigor el pasado 1 de mayo de 2024.

Una de las cuestiones destacables del ALC es la eliminación inmediata de los aranceles sobre el 97% de las exportaciones de la UE a Nueva Zelanda (incluyendo sectores importantes como maquinaria, productos químicos y vehículos a motor.

El acuerdo también concede a Nueva Zelanda un mejor acceso al mercado de la UE, con importantes contingentes arancelarios para la carne de ovino, la carne de vacuno y los productos lácteos.

Los exportadores de la UE que envíen productos originarios de la UE con valor superior a 6.000 euros deberán estar registrados en el sistema REX y hacer una declaración de origen de esos productos para que los importadores de Nueva Zelanda puedan solicitar aranceles preferenciales (indicando su número REX en dicha declaración).

 

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