Para su información, facilitamos las nuevas Cláusulas de (i) Fuerza Mayor y (ii) Onerosidad Excesiva (Hardship) de la Cámara de Comercio Internacional, en sus versiones en inglés y castellano, aprobadas por su Consejo Ejecutivo el pasado 16 de marzo.
La Cláusula de Fuerza Mayor tiene disponibles la “Forma Extensa” y la “Forma Abreviada”, si bien también puede emplearse una cláusula a medida.
La Cláusula de Fuerza Mayor pretende lograr un equilibrio entre los requisitos generales de la fuerza mayor y la indicación de hechos presuntamente fuera del control de las partes y no previsibles en el momento de la celebración del contrato. Con este propósito, la Cláusula incluye una definición general del concepto de fuerza mayor y una lista de eventos de fuerza mayor, que deberá ser examinada a los efectos de eliminar o agregar hechos.
La consecuencia principal de invocar con éxito una situación de fuerza mayor es que la Parte Afectada quedará dispensada de su deber de cumplimiento y de la responsabilidad o de los daños y perjuicios causados a partir de la fecha del hecho (siempre que la otra parte haya sido notificada tempestivamente) y, en caso de un impedimento temporal, hasta que el impedimento cese, de impedir el cumplimiento.
En relación con la Cláusula de Exoneración Excesiva (Hardship) tiene como principal objetivo proteger a la parte desfavorecida en caso de que las circunstancias hayan hecho que el cumplimiento sea más oneroso de lo que razonablemente se podría haber anticipado al tiempo de la celebración del contrato.
La Cláusula ofrece tres posibles soluciones:
- Resolución del contrato por la parte que invoque esta cláusula.
- Recurso a un juez o árbitro para que adapte o resuelva el contrato.
- Recurso a un juez o árbitro para que resuelva el contrato.
Atentamente,
Martín Fernández
Adjunto – Secretario Técnico
FETEIA
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